Escudo y Bandera

Escudo

Heráldica
DECRETO 29/1997, de 19 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Azlor, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal.

El Ayuntamiento de Azlor, de la provincia de Huesca, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 19 de marzo de 1997,
DISPONGO:
Artículo único.--Se autoriza al Ayuntamiento de Azlor, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:

Escudo
Cuadrilongo, de base circular. Cortado: primero de azur, castillo de plata aclarado, de gules, acostado de dos podaderas de plata con la empuñadura de oro, en palo y afrontadas; segundo de oro con los cuatro palos de gules de Aragón. Al timbre, Corona Real abierta.

Bandera
Paño azul, de proporción 2/3, formada por 2 franjas horizontales de la misma anchura, azul la superior y blanca la inferior, y a 1/3 del asta una franja vertical, amarilla en sus extremos y roja en el centro.
Zaragoza, diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y siete.
El Presidente del Gobierno de Aragón, SANTIAGO LANZUELA MARINA
El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, MANUEL GIMENEZ ABAD